Muchos han sido los países que han mostrado su rechazo hacia la decisión del Tribunal de Justicia europeo (TJUE) que interpreta la Directiva de organismos modificados genéticamente (OMGs) considerando que los productos obtenidos por mutagénesis dirigida tenían que estar regulados por la Directiva de OMGs. Desde España, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado un documento oficial en el que analiza la legislación sobre OMGs y en el que pide a la Comisión que realice una “revisión y modernización de mayor alcance de la política de biotecnología en la Unión Europea”.

El MAPA reconoce en el documento los beneficios de la biotecnología en áreas como la salud, la agricultura, la seguridad alimentaria, el medio ambiente, o el control y la erradicación de plagas y enfermedades. Una tecnología que debe ser usada con responsabilidad, con “una evaluación de riesgo previa que garantice la ausencia de riesgos“. Basándose en esta evaluación, el MAPA defiende “la libertad de elección por parte de los agricultores, ciudadanos, investigadores y los diferentes sectores en los que la biotecnología pueda aplicarse”.

LA TÉCNICA Y EL PRODUCTO

“En la actualidad la legislación de la Unión Europea se aplica a organismos obtenidos por técnicas de modificación genética. La evaluación de riesgo es un elemento esencial en la normativa. Esta evaluación considera dos aspectos: la caracterización del OMG y los posibles efectos de la modificación en términos de seguridad”. El MAPA apoya este planteamiento basado en la seguridad del producto final y el trabajo de los organismos de evaluación de riesgo. No obstante, el factor que determina si un organismo debe estar sujeto o no a los requerimientos específicos de esta legislación es la técnica empleada.

Desde que la legislación actual entró en vigor se han desarrollado técnicas de modificación genética. Alguna de ellas permiten conseguir una modificación más eficiente del genoma en una forma específica y dirigida, en lugar de mutaciones de varios genes al mismo tiempo o inserciones aleatorias de nuevos genes. Esto permitiría mejorar las características, incluyendo la seguridad, de los productos obtenidos”. Por tanto, el MAPA reconoce que la legislación actual basada en la técnica y no en el producto final no es la herramienta más eficaz.

REVISIÓN DE LA NORMATIVA

Según afirma el documento, “esta falta de adecuación de la normativa se refuerza con la imposibilidad de distinguir entre ciertas mutaciones espontáneas y las diferentes mutaciones producidas por la intervención humana.” De acuerdo con esto, el MAPA resalta que “la clave debe ser la seguridad del producto” y reconoce que “será muy difícil aplicar controles como consecuencia de los problemas para la identificación y cuantificación de productos iguales obtenidos por tecnologías diferentes”. Este es un argumento más que demuestra la necesidad de revisar la legislación actual sobre OMGs. “En ausencia de este control, será muy difícil cumplir con las obligaciones de etiquetado y trazabilidad”.

Según resalta el MAPA, “la Sentencia del Tribunal de Justicia tiene importantes consecuencias para el sector agroalimentario, el comercio internacional, la investigación e innovación y los servicios de control e inspección. Antes de la sentencia, no había certidumbre legal sobre las nuevas técnicas”. No obstante, han surgido nuevos interrogantes relativos al significado del término mutagénesis, y quién y cómo se determinará si las técnicas de mutagénesis podrían ser excluidas teniendo en cuenta que han sido usadas convencionalmente y que cuentan con un historial de uso seguro.

El MAPA reconoce que todo esto refleja que la legislación de 2001 ya no es adecuada y que es necesario revisar el enfoque actual para eliminar inexactitudes y mejorar la aplicabilidad de la legislación. Por todo ello, solicita a la Comisión Europea que ponga en marcha una revisión de más alcance y modernización de la política europea sobre biotecnología. El documento, al que podéis acceder en el siguiente enlace, incluye un informe de la Comisión Nacional de Bioseguridad.


LEGISLACIÓN DE OMG Y LAS CONSECUENCIAS DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICICA DE LA UE SOBRE MUTAGÉNESIS DIRIGIDA


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