El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 15 de marzo por Real Decreto la introducción de algunos cambios en la normativa vigente sobre el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente, modificando la composición de los órganos competentes en el ámbito de los organismos modificados genéticamente (OMGs).
CONSEJO INTERMINISTERIAL DE OMGS
Se establece que el Consejo Interministerial de OMGs estará integrado por:
- Presidente, cargo que recaerá en la Secretaria General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA)
- Vicepresidente, puesto que ocupará el Director General de Producciones y Mercados Agrarios
- Diez vocales que procederán de los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de Interior, de Economía y Competitividad, de Educación, Cultura y Deporte y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
También formará parte del Consejo el Presidente de la Comisión Nacional de Bioseguridad.
COMITÉ DE PARTICIPACIÓN
En el marco del Consejo se crea también un Comité de Participación, órgano que actuará de interlocutor e informador entre los ciudadanos y la Administración General del Estado en esta materia. Estará compuesto por miembros de los sectores interesados, las Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito nacional, las cooperativas agroalimentarias, las organizaciones de consumidores y las organizaciones conservacionistas.
COMISIÓN NACIONAL DE BIOSEGURIDAD
En cuanto a la Comisión Nacional de Bioseguridad, se establece que el cargo de presidente sea ocupado por la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural. La vicepresidencia se designará entre los vocales en representación de la Administración General del Estado por acuerdo del Pleno de la Comisión, que será nombrado por el MAGRAMA.
También formarán parte de la Comisión 18 vocales procedentes de los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Interior, Educación, Cultura y Deportes, Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Economía y Competitividad. Junto a ellos ocupará el puesto de vocales un representante de cada una de las Comunidades Autónomas.
El Real Decreto aprobado también dispone como Punto Focal Nacional y Autoridad Competente para el Protocolo de Cartagena de Bioseguridad, que la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios en coordinación con la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, asuma las funciones relativas al movimiento transfronterizo de OMGs.