La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha dictaminado en contra de la petición de prohibición griega de comercializar maíz modificado genéticamente MON 810 al no encontrar evidencia científica alguna sobre riesgos para la salud humana, animal o medioambiente.

Grecia pidió la prohibición la comercialización del único maíz transgénico aprobado en la Unión Europea apoyándose en la cláusula de salvaguardia.

Según informa Agrodigital, el dictamen de la EFSA se ha elaborado en base a la documentación presentados por Grecia, una documentación que ya había sido analizado con anterioridad por la EFSA sin que se encontrara riesgo alguno.

La documentación presentada por Grecia no incluye nuevos datos que pudieran invalidar las evaluaciones de riesgo del maíz MON810 realizadas por la EFSA con anterioridad.

La petición de prohibición de Grecia fue realizada en noviembre de 2011 cuando se entregó a la Comisión Europea documentos científicos que supuestamente apoyaban esta decisión. Esta situación se suma a la vivida en otros países europeos como Francia en los que se han prohibido los cultivos transgénicos pese a que no existan justificaciones científicas.

PROHIBICIÓN EN FRANCIA

El pasado mes de mayo conocíamos que la Comisión Europea está estudiando posibles acciones contra la decisión de Francia de prohibir el cultivo de maíz modificado genéticamente. Esta decisión se produjo después de que EFSA concluyera que Francia no ha aportado ninguna evidencia científicas que justifiquen esa medida.

La legislación europea establece que un Estado miembro únicamente puede prohibir el cultivo, consumo o comercialización de organismos modificados genéticamente cuando exista una situación real de riesgo para la salud humana o animal o para el medio ambiente.

El dictamen de la EFSA en el caso francés se suma a la declaración de noviembre de 2011 del Consejo de Estado francés, órgano consultivo supremo del gobierno, en el que catalogaba de ilegal la prohibición del cultivo de transgénicos impuesta en Francia en 2008. En septiembre de 2008 el Tribunal de Justicia Europeo (TJE) también catalogó esta restricción de ilícita.

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