La intervención es un apoyo que consiste en que organismos designados por los países de la UE compran el maíz cosechado, siempre que las ofertas presentadas por los productores cumplan determinados criterios de calidad.

Los jueces han sentenciado la anulación parcial de un reglamento de la Comisión Europea (CE) que reforzó las exigencias para la intervención del maíz, en concreto por introducir un requisitos sobre el peso específico, ya que no comunicó esta novedad a los productores afectados “con la antelación suficiente”.

El Tribunal de Primera Instancia de la UE ha dado la razón así a Hungría, quien presentó un recurso contra las disposiciones del reglamento relativas a esa exigencia.

En la sentencia, el Tribunal constata que tal criterio se estableció 12 días antes de que se aplicara el reglamento, es decir en un momento en que los agricultores ya habían realizado la siembra y no podían influir en el peso específico de la cosecha, por lo que la norma impugnada repercute en las inversiones de los productores.

Al no haber comunicado con antelación suficiente las medidas controvertidas a los afectados, la Comisión vulneró la confianza legítima de los agricultores, según la sentencia.

Además, la Justicia comunitaria estima que en el reglamento la Comisión no dice que el peso específico constituya un criterio de calidad del maíz “ni expone por qué ese factor puede considerarse pertinente para apreciarla”.

El Tribunal rechaza el argumento de la CE según el cual el peso influye en el valor nutritivo del maíz, pues estima que no se apoya en ningún elemento de prueba.

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